jueves, 16 de abril de 2015

El articulito


Imagen archivo semana

Cambiar la Constitución en beneficio propio puede ser considerado un delito en contra de las instituciones que rige el Estado, puede traer implicaciones como un golpe de estado la instauración de una dictadura o como lo ocurrido en Colombia, la permanencia en la presidencia de Uribe Vélez, caracterizado no propiamente por defender el orden y las leyes.

El cambio del artículo de la Constitución que prohibía la re-elección de presidente de la república, dio paso a que los presidentes optaran por un segundo mandato, sin tener en cuenta si su administración había sido acorde a las leyes y normas jurídicas o su administración había sido cuestionada por algún delito.

Al comprobar la Corte Suprema que el cambio del “articulito” no fue una decisión a conciencia con el propósito de apoyar al gobierno, demostró que se cometió el delito de cohecho, básicamente es un concierto para delinquir donde existen dos el que da y el que recibe. Es decir, la re-elección de Uribe Vélez estuvo soportada bajo un delito, lo que hubiera implicado en un estado de derecho y democrático la pérdida de su investidura como presidente, no sin implicaciones judiciales. Lo que no quiere decir, que esté exento de investigación por este delito.

Pese a esto, el lento proceso de la justicia se tardó una década en informarle al país que en el cambio del articulito si hubo un delito, con las condenas proferidas a otros buenos muchachos, quienes se apropiaron de la casa de nari, por 8 años, cometiendo toda suerte de delitos.

Las preguntas que surgen después de conocer la forma como un presidente se tomó el país y burlo la Constitución y las normas. Que tan legitimó puede ser considerado ese gobierno, en el sentido de las leyes que se aprobaron bajo está presidencia, qué implicaciones tiene para la sociedad la aceptación de estas normas sustentadas en un delito. Sin olvidar, que la aprobación de la reelección inmediata quedaría sin soporte constitucional.

Norma que dejaría sin piso no solo la relección de Uribe sino la actual. Es decir, al aceptar la Corte Suprema la existencia del delito de cohecho, se debe tener en cuenta los beneficios que se otorgaron, en este caso la permanencia de una presidencia ilegitima, donde existió concierto para delinquir, constituyendo una empresa criminal, que utilizó al Estado como botín para transar deudas entre delincuentes.

Sabemos que los ex ministros delincuentes condenados, no actuaron solo cegados por el ansia del poder y lo que les representaba su permanencia por 4 años más, en contratos, dadivas, gabelas, sino con la absoluta convicción de tomarse el Estado, para delinquir bajo las leyes y las normas, diseñadas solo para beneficio propio, protegidos por el fuero constitucional.

Sobre la empresa criminal buenos muchachos sabemos que sus principales integrantes están condenados unos, huyendo de la justicia otros y en espera de condenas otros, lo que la justicia no le ha dicho al país quien fue o es su jefe, para que se formó esa empresa, quienes o quien fue el beneficiado con los delitos que se cometieron. En el entendido que el ex presidente Uribe estuvo en la casa de nari, pero no se dio por enterado que su equipo era un grupo de delincuentes, lo que quiere decir, que no estaría en las condiciones de gobernar un país y ahora de ser senador de la república.


Finalmente por ser beneficiario único del delito Uribe Vélez no debería recibir una sanción, no solo con el reconocimiento que se debe hacer de su gobierno como ilegitimo y quedar plasmado en los libros de historia, sino frente a la permanencia en el Congreso o la inhabilidad para ejercer cargos públicos, pues si nunca supo lo que paso bajo su administración, olvidando por supuesto los otros delitos por lo que se investiga.