viernes, 21 de septiembre de 2012

Guerra jurídica y reforma al fuero penal militar


Resulta inocultable que las fuerzas militares en Colombia se han visto gravemente comprometidas en sistemáticas y generalizadas violaciones a los derechos humanos, que constituyen claramente crímenes de lesa humanidad.
De hecho, tanto tribunales nacionales como internacionales han emitido fallos que evidencian la responsabilidad en masacres, homicidios y otros delitos cometidos contra la población civil. Estas condenas han sido producto de investigaciones apegadas a derecho, y no a vulgares montajes como se ha pretendido hacer creer a la sociedad colombiana y a la comunidad internacional.
La lucha contra la impunidad y la condena de los perpetradores de las graves violaciones a los derechos humanos fortalecen la democracia y el Estado de derecho. Por el contrario, la comisión de esos crímenes y la impunidad que los favorece y estimula, atentan gravemente contra la paz, debilita la democracia y desprestigian las instituciones.
No es la denuncia de las graves violaciones de derechos humanos y la acción efectiva de la justicia la que pone a las instituciones y al Estado en la picota pública, en realidad, son las violaciones sistemáticas de los derechos humanos las que ponen en alto riesgo la institucionalidad y los principios democráticos. El respeto y garantía de los derechos humanos son la base de toda democracia, su desconocimiento, en cambio, conducen al abismo de la barbarie y la arbitrariedad.
Desde organismos de inteligencia estatal, desde altos funcionarios del Estado y otros sectores, se viene calificando la lucha por la justicia y contra la impunidad de crímenes cometidos por agentes del estado, como “guerra jurídica”, considerando ésta como una forma de expresión de “combinación todas las formas de lucha” y señalando a las organizaciones que apoderan víctimas como “el brazo jurídico de la guerrilla”. Al concepto de “guerra jurídica” se suma el de “guerra judicial” según la cual, fiscales y jueces que investigan y condenan a militares y otros agentes del Estado también harían parte del aparato subversivo.
Estos conceptos estigmatizadores son contrarios a las obligaciones del Estado en materia de protección de los derechos humanos y ponen en grave riesgo a las organizaciones de derechos humanos y sus integrantes, pues nada más y nada menos, que éstos terminan siendo considerados como “objetivo militar”, poniendo en inminente riesgo sus vidas. El Estado y sus diferentes estamentos deben condenar la violación de los derechos humanos y asegurar la sanción de los responsables, antes que congraciarse y defender con la impunidad a quienes desde sus conductas criminales desvían los objetivos constitucionales del Estado y sus instituciones.
Estos peligrosos señalamientos, vienen arreciando en el contexto de la reforma constitucional que pretende entregar los casos de graves violaciones a los derechos humanos a la justicia penal militar, de la cual la historia nos ha dado un contundente veredicto: La justicia penal militar constituye un mecanismo de impunidad en casos que comprometen a agentes estatales en graves violaciones de derechos humanos.
Por eso, resulta un exabrupto, decir que las fuerzas militares están perdiendo la “guerra jurídica en los estrados judiciales” y que se hace necesaria una reforma legal o constitucional para revertirlos de “seguridad jurídica” en su lucha contra el terrorismo. Cuando los perpetradores de violaciones de derechos humanos son sancionados no se pierde ninguna “guerra jurídica”, sino que se ganan “batallas contra la impunidad” y se legitima El Estado y la institucionalidad.
La “seguridad jurídica” no puede ser entendida como una patente para actuar sin temor a ser sancionados si los agentes estatales incurren en conductas que constituyen graves violaciones a los derechos humanos. La “seguridad jurídica” no puede ser sinónimo de impunidad frente a quienes desacreditan con sus comportamientos al Estado y las instituciones.
La justicia penal militar, definitivamente no puede aspirar a conocer de esas conductas, debido a que no constituye un tribunal imparcial ni independiente, según se ha reconocido por organismos y tribunales internacionales. Reiteramos, la historia ya nos ha dado una lección que el Estado y la sociedad no debemos olvidar, para no repetirla!.
La sociedad colombiana debe reaccionar, los medios de comunicación deben jugar un papel trascendental para que tal reforma no sea aprobada en el Congreso. Tal reforma, sería tremendamente regresiva en materia de justicia y en el camino de la lucha contra la impunidad. Décadas de avances están a punto de rodar por el precipicio del olvido y la impunidad.
Lo ideal es que los tribunales ordinarios nacionales se sigan ocupando de conocer los casos de graves violaciones a los derechos humanos. De no ser así, se estarían abriendo las puertas para que la Corte Penal Internacional asuma esta responsabilidad.
Hay que respaldar la acción de la justicia en contra de la impunidad en todas sus manifestaciones, especialmente frente a la criminalidad venida de quiénes tienen el mandato constitucional de proteger a la población civil. Atacar a la justicia cuando cumple este papel que es su obligación, equivale a contribuir en el desmoronamiento de la democracia y de la institucionalidad.
A propósito de democracia e institucionalidad, exigimos al Estado y sus instituciones rodeen de garantías a las expresiones políticas que existan y surjan en el futuro. Las estigmatizaciones de las mismas estimulan graves violaciones de derechos humanos contra sus integrantes, e incluso, pueden llevar a repetir la historia del genocidio de la UP.
Causa alarma que desde las páginas de ACORE [1] y desde otras voces, se estigmatice la “Marcha Patriótica” señalándola como un brazo de la guerrilla. Basta de éstos peligrosos señalamientos que resultan odiosos a todo principio democrático, y en cambio, muy propio de doctrinas que han animado los peores crímenes contra la humanidad.
Señor Presidente, señores del Congreso, sobre sus cabezas reposa una enorme responsabilidad con Colombia y con la justicia. El fuero penal militar no debe ocuparse de investigar y juzgar casos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos, como por ejemplo, los mal llamados “falsos positivos” que no son otra cosa que ejecuciones extrajudiciales. La historia juzgará con severidad si se camina en contravía de los avances que se han materializado en esta materia y que tanto han costado a la humanidad.
De otro lado, a través de esta página editorial le reiteramos al señor Presidente que emita una directiva presidencial que indique claramente que la defensa de los derechos humanos y la lucha contra la impunidad es un ejercicio legítimo que consolida los fundamentos de la democracia y del Estado Social de derecho. En la misma directiva, insistimos que expresamente se prohíba tajantemente calificar esta labor como “GUERRA JURIDICA” o “GUERRA JUDICIAL”. Hace más de un año le elevamos personalmente esta petición en la Casa de Nariño, hoy las circunstancias nos obligan a reiterar este justo pedido.
Notas:
[1] Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro y en reserva activa: http://www.acore.org.co/
Por: Colectivo de Abogados Alvear Restrepo