miércoles, 20 de marzo de 2013

Primer juicio por genocidio en Guatemala, un largo camino recorrido


Desde esa fecha la AJR proporcionó alrededor de 110 testimonios de 4 regiones del país (Huehuetenango, Quiché, Baja Verapaz y Chimaltenango) al Ministerio Público con el fin de que éste, a su vez, iniciara las investigaciones correspondientes para determinar la culpabilidad de los imputados por autoría intelectual. Sin embargo, durante más de siete años el Ministerio Público, no avanzó en dicha investigación.
En junio de 2011 la Jueza Carol Patricia Flores ordena la captura del general retirado Héctor Mario López Fuentes quedando ligado a proceso por los delitos de genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad perpetrados contra el pueblo maya Ixil. En octubre del mismo año, también giró las órdenes de captura contra tres militares: José Mauricio Rodríguez Sánchez, Luis Enrique Mendoza García y Oscar Humberto Mejía Víctores. De ellos el primero quedó ligado a proceso, el segundo se encuentra prófugo de la justicia y al tercero se le suspendió temporalmente la persecución penal por mal estado de salud.
En enero 2012 rinde su primera declaración el general José Efraín Ríos Montt por los delitos de genocidio y delitos contra los deberes de humanidad, quedando ligado a proceso por dichos delitos. A él se le concede una medida sustitutiva de medio millón de quetzales y arresto domiciliar.
Este caso se ha caracterizado por tener una serie de tropiezos de tipo legal debido a que los acusados han interpuesto recursos sin sentido con el objeto de detener llegar a un juicio. Desde la captura del general López Fuentes, hasta la fecha, la defensa de los militares ha interpuesto más de 100 recursos, entre incidentes, recusaciones, amparos, apelaciones y otros, que detuvieron el seguimiento del proceso, sin embargo, de éstos 98 han sido declarados sin lugar por las instancias correspondientes, comprobando que los mismos son frívolos e improcedentes y que se han interpuesto con el objetivo de obstaculizar la justicia.
Los militares acusados han recurrido a la Corte de Constitucional del país para solicitar la aplicación de una amnistía por losdelitos imputados. La amnistía NO es aplicable a estos casos ya que la Ley de Reconciliación Nacional producto de los Acuerdos de Paz es clara en su artículo ocho, en que la amnistía no puede ser aplicada a los delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada. Pese a los obstáculos interpuestos el sistema de justicia ha cumplido con su papel de defender la legalidad y el estado de derecho. El 28 de enero del 2013 el Juez de Mayor Riesgo “B” Miguel Ángel Gálvez resuelve enviar a juicio a los generales José Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez Sánchez por los delitos de genocidio y delitos contra los deberes de humanidad cometidos hacia el pueblo maya Ixil.
El Juez envía el caso al Tribunal de Sentencia de Mayor Riesgo “A” integrado por las honorables Juezas y Juez: Iris Jassmin Barrios Aguilar, Patricia Isabel Bustamante García y Pablo Xitumul de Paz. Este tribunal dictó como fecha de apertura del debate oral y público el 19 de marzo del año en curso a las 08:00 de la mañana.
Tomado: tercerainformacion.es