miércoles, 30 de octubre de 2013

A propósito del reclutamiento forzado

La ley colombiana establece que todos los jóvenes que hayan cumplido su mayoría de edad (18 años), están obligados a definir su situación militar. Para que los hombres puedan definir su situación militar es necesario que se inscriban en el distrito militar respectivo. Esta citación la mayor parte de jóvenes en las ciudades la cumplen cuando están en el último grado de la educación secundaria, es aquí donde una buena parte de estos jóvenes ingresan a prestar el servicio militar, que en muchas veces se ven obligado sin que sea su voluntad incorporarse, portar una arma y desplazarse al teatro de operaciones.

Otra forma de reclutamiento se basa en las conocidas batidas que realiza el ejército, sin que medie una autoridad civil, los soldados van por ahí pidiendo papeles a los jóvenes y quienes no portan la libreta militar los van subiendo a camiones donde los desplazan a las guarniciones o batallones militares, con el fin de incorporarlos al ejército, sin que sea un decisión voluntaria, o con el beneplácito de su núcleo familiar. Mucho de estos jóvenes no pueden avisar a sus padres, lo que se asemeja a un secuestro, pues estos jóvenes quedan incomunicados, algunos los primeros diez días, sin que medie autoridad ninguna.

Estos jóvenes son llevados desde Bogotá lugar donde se ha presentado con mayor notoriedad este reclutamiento forzoso, a diferentes lugares del país. Batallones de Arauca, Bolívar, Boyacá, Caquetá, Casanare, Guaviare y Meta buscan llenar la cuota de reclutados. Este hecho no solo no acata lo expuesto por la sentencia, sino que en estos operativos cuentan con la colaboración de la policía de las principales ciudades.

Con ello el ejército esta contraviniendo la sentencia  C-879 de 2011 de la Corte Constitucional, que establece: la retención o movilización de personas a cuarteles o guarniciones militares sin su consentimiento es ilegal excepto “cuando el ciudadano ya se inscribió y superó todas las pruebas de aptitud y sorteo y fue citado a concentración pero no se presentó, en este caso las autoridades si pueden conducirlo para que cumpla con su obligación de prestar el servicio militar” Es decir: un joven, mayor de edad, que aun no ha definido su situación militar ni tiene citación, no puede ser subido a los camiones ni llevado a ningún lugar en contra de su voluntad. Los agentes del ejército solo pueden entregarle una citación para que resuelva su situación militar.

Es decir, al no cumplir la sentencia, esta forma viene a ser reclutamiento forzado, que no se diferencia del reclutamiento que realizan las organizaciones guerrilleras o grupos de paramilitares o delincuencia organizada, la diferencia es que este reclutamiento lo realiza el Estado pero que tiene los mismos fines, la guerra. La mayoría de jóvenes que son llevados a los batallones o guarniciones militares, se caracterizan por su origen humilde, algunos no han alcanzado el nivel básico de educación secundaria y otros no tienen los medios para entrar a la educación superior, o no cuentan con el dinero para pagar el costo de la libreta militar, sin contar lo engorroso que resulta el tramite.

Si bien, este hecho por si solo es una violación a la sentencia. La ley 1448 sobre la Reparación y Restitución de Tierras contempla la exención del servicio militar a las víctimas del conflicto lo que tampoco es válida a la hora de ampliar la tropa del ejército.

El ejército se apropia de cualquier argumento esto con el ánimo de no cumplir ni la sentencia de la Corte Constitucional o la ley, entendiendo que los jóvenes no pueden acudir a ninguna autoridad o no cuentan con un respaldo de alguna institución que haga valer sus derechos. Pues, de una vez son conducidos y puestos a disposición militar.  Sobre el tema la Defensoría del Pueblo brilla por su desconocimiento. 

Uno de los combustibles para alimentar la guerra es la tropa y las “batidas” es la forma más fácil de tener personal a disposición para el combate. Esto parece evidente cuando la misma división de reclutamiento frente a la Corte Constitucional argumento: “Si el pie de fuerza para integrar el contingente no es suficiente”. Con ello, se hace participe a todos los jóvenes que se ven en la obligación de vestir un uniforme, portar una arma y peor aun iniciar combate.

Vale decir, que el ejército es uno de los principales críticos sobre el reclutamiento que realizan las organizaciones guerrilleras, sin embargo, estas argumentan que nadie es obligado, esto por las lealtades que exige la guerra. Aquí surgen algunas preguntas ¿por qué estas formas de reclutamiento son legales si tienen los mismos efectos?, por qué un joven es llevado a la fuerza y transportado lejos de su lugar de origen sin que medie una autoridad civil u orden judicial, sobre todo cuando se tiene un largo historial de falsos positivos, sin olvidar que la objeción de conciencia ha quedado en letra muerta. Hasta cuando los jóvenes van a seguir sirviendo de combustible para la guerra.