lunes, 14 de febrero de 2022

Colombia: la respuesta autoritaria a la protesta social

 Los temas de seguridad nacional, orden público, convivencia ciudadana y fuerzas armadas y de policía han quedado durante siglos en manos de la derecha tanto en el terreno de las consideraciones teóricas y conceptuales como en las propuestas concretas. La izquierda durante siglos fue refractaria y contestaria en estos temas, como bien lo recordó y trabajo el inolvidable Norbert Lechner en su brillante libro: La conflictiva y nunca acabada construcción del orden deseado. Pero como lo señala Lechner este es un tema nodal de cualquier proyecto de transformación social.[i]

Y es una preocupación real de la sociedad al punto que en casi todas las encuestas de opinión aparece siempre en los primeros lugares y máxime en Colombia donde, entre otras razones, por la persistencia de actores armados ligados a la política que se han levantado contra el Estado y reclaman y justifican su actividad armada en la existencia de unas estructuras económicas injustas y un Estado autoritario y antidemocrático y que frecuentemente en sus actos violan flagrantemente los derechos humanos; también por la existencia de bandas armadas ligadas al narcotráfico y la existencia de grupos paramilitares. La violencia generada por todos estos actores armados afecta profundamente a la sociedad y es sobre esas afectaciones, que son reales, sobre las cuales la derecha monta su discurso del orden y el miedo, para justificar la necesidad de, para garantizar la convivencia, limitar drásticamente las libertades democráticas.

En Colombia las teorías que han predominado sobre estos temas son las de la derecha y solo la constitución de 1991 permitió que concepciones liberales democráticas fueran elevadas a norma constitucional para que estos temas comenzaran a ser considerados desde una perspectiva democrática. Las Fuerzas Armadas y de Policía deben estar para proteger a la ciudadanía y sus derechos y ello lo deben hacer con apego al más estricto respeto por los derechos humanos. Las minorías deben ser respetadas, así como la oposición política, y la protesta social, eso dicen las normas y la Carta Constitucional, pero en la realidad desde el Estado se han prohijado la organización de grupos paramilitares aún bajo la vigencia de la Constitución de 1991.

Las Convivir fueron legales y ellas dieron origen a los sanguinarios grupos paramilitares y contaron con el impulso de mandos militares y policiales como se sabe desde hace ya más de tres décadas sin que hayan sido castigados quienes se aliaron e impulsaron dichos grupos criminales. Sus crímenes, el despojo de la propiedad de más de 7 millones de hectáreas a decenas de miles de campesinos están ahí para mostrarnos que las practicas criminales han dejado en letra muerta las normas legales y constitucionales. Los 14 muertos de los cuáles según los informes de organismos de Naciones Unidas y de la propia alcaldía de la ciudad de Bogotá, 11 habrían sido asesinados por integrantes de la Policía Nacional en los enfrentamientos ocurridos a raíz del asesinato del abogado Javier Ordoñez el 8 de septiembre. Las manifestaciones y enfrentamientos se registraron los días 9 y 10 de septiembre de 2020 y la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en su informe de Junio de 2021 sobre la violencia desatada contra los manifestantes del Paro Nacional desencadenado desde el 28 de abril de 2021 y que cubrió un poco más de dos meses, dio a conocer que habían muerto entre 74 manifestantes reportados y documentados por organismos de la sociedad civil como la ONG TEMBLORES y los 54 reconocidos por la Fiscalía General de la Nación. 28 de ellos habrían sido responsabilidad de las fuerzas policiales. Se registraron según el informe decenas de desaparecidos miles de heridos con armas de fuego, más de 20 mujeres violadas y más de 70 jóvenes con lesiones oculares por armas disparadas por las fuerzas policiales.[ii]

Las divergencias por la orientación y el contenido de las políticas en materia convivencia y seguridad ciudadana han enfrentado al sector democrático de la sociedad con el sector autoritario que ha predominado en los aparatos de Estado y principalmente, en el Ejecutivo y el Congreso de la República, dominado por partidos de derecha tradicionalistas. Solo en el poder judicial y eso sobre todo a partir de la Constitución de 1991 los jueces han protegido y defendido una concepción liberal democrática de la Constitución, aunque dicho sea de paso a veces sus fallos llegan tarde, pero, bueno finalmente llegan. Pero desde el ejecutivo se hacen todo tipo de maniobras para no acatar los fallos de los jueces nacionales y las recomendaciones de los organismos internacionales como las Naciones Unidas o el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos. Esto es lo que ha ocurrido recientemente con la expedición de tres leyes dos referidas a la Policía Nacional y una más, la ley 2197 del 25 de enero de 2022.

Una respuesta autoritaria a los fallos de la Corte Suprema y las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos

Los informes referidos y la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que respondía a las reclamaciones de los manifestantes del Paro Nacional del 21 de noviembre de 2019 en que se presentaron fuertes choques y enfrentamientos con cientos de detenidos y lesionados que dieron pie a la sentencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia radicada en sede judicial en la Sentencia STC7641 de 2020, demandaron todos ellos una ley estatutaria que garantizara el derecho a la protesta social contenido en el artículo 37 de la Constitución Nacional, la reforma al Escuadrón Móvil Antidisturbios, ESMAD, la regulación en el uso de la fuerza y de las armas no convencionales y no letales usadas para el control de las manifestaciones, el desarrollo de investigaciones judiciales ágiles e imparciales para investigar y sancionar los delitos cometidos por los uniformados, pues, todos los informes reseñan el uso desproporcionado de la fuerza así como castigo para funcionarios públicos que estigmatizan y criminalizan las protestas sociales que en su inmensa mayoría son pacíficas.

Así mismo, los informes recomiendan que los uniformados que controlan las protestas sociales deben estar visiblemente identificados y todos los informes reseñan que antes de enfrentar para disolver las manifestaciones y los bloqueos se debe dialogar y solo recurrir al uso de la fuerza cuando esos diálogos hayan fracasado. El fallo de la Corte ordena que los protocolos de actuación de la fuerza pública deben ser concertados con las organizaciones y con los movimientos sociales y deben ser consultados mediante mecanismos públicos de convocatoria. Pues bien, incumpliendo todas esas recomendaciones y las ordenes contenidas en la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia el Congreso de la República y el gobierno acaban de promulgar y sancionar tres leyes que materializan una salida autoritaria frente al estallido social y a la protesta legitima de la ciudadanía.

En particular la ley 2197 de 2022 lo que busca es blindar a los integrantes de la Fuerza Pública por los desmanes y el uso desproporcionado de la fuerza que debería por el contrario ser regulado estrictamente, como lo señalan los expertos y las recomendaciones de los organismos internacionales. La ley contempla una figura a todas luces inconstitucional como denunciaron varios parlamentarios de la oposición y aún parlamentarios de la coalición de gobierno, pero contrarios a que se aprobara que los integrantes de la fuerza pública no podrán ser imputados cuando obren en legítima defensa privilegiada. Esa legítima defensa privilegiada se complementa en la ley con el aumento de las penas para quienes agredan en las manifestaciones a los integrantes de la Fuerza Pública quienes se exponen a penas privativas de la libertad hasta por más de 20 años de prisión. Así mismo se tipifican nuevos delitos que se castigan con penas totalmente desproporcionadas tales como la ocupación de dependencias oficiales, los bloqueos, las afectaciones a los sistemas masivos de transporte y la toma de tierras. Todas estas acciones son recurrentes y a ellas acuden los movimientos sociales en nuestro país. La ley lo que hace es ilegalizarlas y penalizarlas. Quieren por esta vía acallar la legitima protesta ciudadana frente a los desmanes del gobierno y sus políticas antipopulares como reformas tributarias y demás.

Todo el contenido de esas leyes lo que busca es blindar judicialmente a los agentes de la Fuerza Pública por los desmanes cometidos pues seguramente los pocos agentes imputados por los asesinatos se acogerán a esa figura porque les es más benévola que las normas actuales, o sea que se refuerzan los mecanismos para que esos delitos queden en la total impunidad. Esperamos que la Corte Constitucional ante las demandas que se anuncian obre en defensa de la protección a la protesta ciudadana y tumbe los contenidos nefastos de esta ley que nos quiere heredar el binomio Uribe-Duque en el ocaso de su nefasto gobierno.

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[i] Lechner, Norbert. 1984. La conflictive y nunca acabada construcción del orden deseado. En Obras Escogidas tomo I páginas 139-309. LOM Ediciones, Santiago de Chile 2006.

[ii] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, Observaciones y Recomendaciones visita de trabajo a Colombia, junio de 2021.

Pedro Santana Rodríguez, Director Revista Sur