En providencia de segunda instancia confirmatoria de la de primera, el Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Hernán Andrade Rincón, acaba de condenar a la Nación-Ministerio de Defensa por uno de los hechos más graves y escandalosos cometidos por el Ejército Nacional. Se trata de la conocida masacre del retén de Villeta, ocurrida a las nueve de la noche del 24 de enero de 1998, cuando personal de la Brigada XXIII del Ejército emboscó unos vehículos que salían del municipio de Villeta (Cundinamarca), disparando indiscriminada y masivamente contra sus ocupantes.
El reporte oficial de la operación por parte del general Rito Alejo Del Río, comandante de la Brigada XXIII con jurisdicción en la zona, fue el de un enfrentamiento de personal al mando del capitán Pablo Hernández Corredor, al haber sido atacados por guerrilleros en un retén militar instalado a la salida del municipio de Villeta para capturar a unos comandantes de las FARC que, según “inteligencia”, se desplazarían por el sitio. En el ataque a las tropas inclusive había resultado herido el cabo Édison Barón Murillo. Consecuencia del enfrentamiento, había seis bandidos muertos y cinco más gravemente heridos.
La misma noche de los hechos, la conmoción pública y levantamiento de la población del municipio de Villeta puso de manifiesto que los muertos y heridos eran inermes y pacíficos ciudadanos ampliamente conocidos, que inclusive iban acompañados de niños cuando se dirigían a los vecinos municipios de Útica y Guaduas. Esto obligó al pronunciamiento de las autoridades en el sentido de que se investigarían “los confusos hechos”.
Al día siguiente, el 25 de enero, ya las más altas autoridades civiles y militares, comenzando por el Presidente de la República y el ministro de Defensa, expresaron públicamente que lo más probable era que en efecto se había tratado de un lamentable error, y que las víctimas eran honrados ciudadanos. Sin embargo, el general Rito Alejo Del Río continuó en su versión con una leve modificación: las víctimas en efecto no eran guerrilleros, pero sí eran culpables porque imprudentemente se atravesaron en la línea de fuego cuando sus hombres libraban fiero combate con guerrilleros de las FARC.
Según el abogado que actuó en este proceso, Luis Carlos Domínguez Prada, 21 militares fueron llevados a juicio por la Justicia penal militar por este grave hecho, habiendo sido absueltos de los múltiples delitos cometidos en la operación, entre ellos el de porte ilegal de armas de uso privativo de las fuerzas armadas, alteración de la escena del crimen, falsedad de documento público por el informe distorsionado de los hechos, además de las violaciones al derecho internacional humanitario por haber rematado los heridos.
Fueron condenados todos a penas entre tres y cinco años de prisión –excarcelables-, pero por “homicidio culposo”, que es la denominación para cuando el hecho se comete “sin culpa”, es decir, de manera apenas accidental.
Lo anterior, sin embargo de que en el juicio militar el cabo Hugo Palacios declaró que la orden del capitán Hernández Corredor era que “le dieran a todo lo que pasara”, y haberse acreditado que los militares pusieron granadas y explosivos sobre los cuerpos de las víctimas para hacerlas aparecer como terroristas.
En el fallo que se acaba de proferir se condena al Ministerio de Defensa a pagar más de dos mil millones de pesos a los familiares de dos de las víctimas, Antonio Chaparro Gómez y Fernando Villa Alarcón. No obstante el reconocimiento que en su momento las autoridades debieron hacer de los hechos, el Ministerio de Defensa se negó a conciliar la demanda de reparación que instauraron los familiares de las víctimas y que hoy se resuelve después de 15 años.
En la audiencia de conciliación ante la Procuraduría General, el Ministerio de Defensa ofreció la suma de 24 millones de pesos para indemnizar los perjuicios morales y materiales sufridos por los padres, hermanos e hijos de cada una de las dos víctimas a quienes hoy se repara con la suma señalada. La suma ofrecida, dijo el abogado Luis Carlos Domínguez, era una burla y nueva revictimización de los deudos por parte del Ejército Nacional.
Tomado: Agencia Prensa Rural