“Las personas condenadas por las sentencias de los Consejos de Guerra durante la dictadura siguen sin contar con un recurso adecuado y efectivo que les permita revisar las sentencias en el marco de las cuales fueron condenados”. Esa fue la contundente conclusión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para el caso «Maldonado Vargas y otros contra Chile» que la Corte Suprema decidió acoger y que llevó al máximo tribunal del país a anular dos sentencias dictadas por los Consejos de Guerra de Antofagasta y Pisagua en 1974.
Una resolución unánime e histórica de la Segunda Sala de la Corte que se traduce en la absolución de los condenados, tras establecerse que ambas causas fueron falladas con serias infracciones al debido proceso. Junto con ello el tribunal acogió una sentencia anterior de la misma Suprema que el 3 de octubre de 2016 anuló la resolución del Consejo de Guerra 1-1973.
Cabe recordar que a fines de abril pasado, el máximo tribunal, también en base a un fallo de la CIDH, anuló las condenas contra 7 comuneros mapuches y una activista de esa etnia acusados por los delitos de incendio y amenazas de carácter terrorista en el emblemático caso “Norín Catrimán y otros”. “Dados los antecedentes y el análisis de vulneración de derechos fundamentales que ha hecho la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que se ha verificado en los procedimientos que culminaron con las sentencias (…) se ha declarado la existencia de graves transgresiones a los tratados internacionales vigentes, los que coinciden con las garantías consagradas en (…) la Constitución Política de la República”, argumentó entonces la Corte.
En esta ocasión, la condena en contra de Chile de parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del 12 de abril de 2014, establece que en el mencionado caso de los Consejos de Guerra hubo en nuestro país una denegación de justicia de parte del Estado, derivada de una falta de investigación respecto de la tortura sufrida por las víctimas durante la dictadura.
Tomado: Tercerainformacion